La Audiencia Provincial de Alicante ha dictado por primera vez medidas cautelares contra la cláusula suelo de una hipoteca, y da la razón a un matrimonio de Torrevieja frente a la entidad bancaria, que deberá eliminar este concepto hasta que un juzgado de lo Mercantil dicte sentencia.
El matrimonio se encontraba «agobiado» ante la imposibilidad de atender las cuotas de 1.200 euros, de los que casi 800 correspondían a intereses, y con una cláusula suelo del 4’5%. La hipoteca fue contratada en 2001 con una entidad bancaria y ampliada en 2007 hasta los 235.000 euros para el pago durante los próximos 30 años. A día de hoy la deuda es de 210.000 euros. Por ello, presentaron ante el Juzgado de lo Mercantil de Elche una demanda para la nulidad de la cláusula suelo por «abusiva».
La situación, según el letrado, hacía insostenible afrontar las necesidades básicas del día a día de esta pareja, él, electricista de profesión, y ella, trabajadora en un comedor escolar, y con dos niñas pequeñas. Ante la «presión» de ejecución hipotecaria por parte de la entidad bancaria por si no pagaban varias cuotas, el matrimonio solicitó medidas cautelares para que la cláusula suelo fuera suspendida hasta que se dictara sentencia.
Además, se pedía la «reliquidación» de las cuotas desde la fecha de presentación de la demanda en noviembre de 2013 para el cálculo del interés resultante, sin consideración a la cláusula suelo, y su aplicación durante la tramitación del procedimiento. Sin embargo, fue desestimada por el Juzgado de lo Mercantil con sede en Elche; el juez de lo Mercantil señaló «que no habría problema el día de mañana por parte de la entidad bancaria, en caso de que una sentencia declarara la nulidad de la cláusula suelo para resarcir a esa persona».
Por ello, el letrado recurrió ante la Audiencia Provincial de Alicante debido a la «necesidad de evitar el perjuicio que supone abonar hasta la decisión del litigio,el crédito hipotecario en las condiciones fijadas con la cláusula suelo, que «son económicamente gravosas para la situación financiera actual del matrimonio», que desde diciembre de 2013 se encuentra en situación de morosidad frente al banco acreedor.
Meses después la Audiencia Provincial determinó la adopción de medidas cautelares, bajo consignación de una fianza por importe de 2.000 euros.
Por otra parte, el recálculo de cuotas sin la aplicación de la cláusula del suelo desde noviembre, que supone la cantidad de 2.900 euros, y se ha ajustado la cuota desde este mes de junio, con unos intereses finales de 270 euros frente a los cerca de 800 euros que pagaban hasta ahora.
«Era una angustia para estas personas no poder llegar a atender las necesidades básicas. Estaban asfixiados, y ahora mientras dure el proceso judicial van a poder respirar», ha señalado el letrado.
Además, se ha logrado que los incidentes originados durante el retraso del pago de las cuotas a nivel de morosidad, queden anuladas, desde el inicio de la demanda hasta la adopción de las medidas cautelares.