Durante los últimos años ha quedado demostrado que la confianza de los clientes de las antiguas Cajas y Bancos ha sido traicionada colocándoles productos tóxicos que han arruinado a muchas familias.
Sin embargo pocas personas se han fijado en la forma en que calculan las cuotas hipotecarias, puesto que dentro de las difíciles fórmulas matemáticas que se incluyen en las escrituras hipotecarias se esconden condiciones terriblemente tóxicas para el hipotecado que normalmente no se da cuenta del dinero que le están cobrando de más.
Uno de los ardides utilizados por la banca es el sistema de amortización francés. Éste es consecuencia de la cuota constante que pagamos mensualmente por nuestra hipoteca. Como todo el mundo sabe, la cuota incluye capital e intereses. Sin embargo, el capital pendiente al comienzo del préstamo no es el mismo que al final, y por tanto los intereses que se calculan sobre ese capital diferido, tampoco. Por ello, cada cuota mensual suma capital e interés en diferente proporción, de forma que la suma siempre es la misma.
El método utilizado por la banca española es el francés. Y no resulta una elección inocente, ni mucho menos. Según este método, se calcula la cuota media a pagar y la primera cuota solamente paga intereses presentes y futuros. Poco a poco se va pagando más capital, de forma que la última cuota del préstamo pago sólo capital y nada de interés.
Esta fórmula debería ser neutral para el consumidor, sin embargo, ocurre todo lo contrario. El principal motivo es que al no pagar capital, los clientes se convierten en consumidores cautivos, puesto que si quieren pagar el préstamo o cambiar de entidad, tienen que pagar comisiones por la totalidad del capital, puesto que a pesar de haber pagado ingentes cantidades de negocio, se han aplicado al pago de intereses futuros y no de capital.
Esta fórmula, que siempre convino a los bancos, se ha vuelto repentinamente en su contra. Los abogados de la Unión Europea alegaron que es ilegal declarar la calusula suelo nula y no reconocer dicha nulidad hasta un momento arbitraio en el tiempo. Uno de los conceptos más básicos en derecho establece que cuando un acto jurídico es nulo, nunca debió haber existido, y por tanto sus consecuencias (daños) deben ser reparados desde sus inicios. Un acto nulo se tiene por inexistente desde su consecución en términos jurídicos. El Tribunal Supremo intentó salvar a la banca hace 2 años alegando una difícil situación financiera, que podía poner en peligro la economía nacional. En realidad la economía que protegieron fue la de los banqueros, que hasta ayer pensaban quedarse con los 20,000 millones de euros que habían cobrado abusivamente a sus clientes por las claúsulas suelo.
Ejemplo práctico
Imaginemos que Ud. compró su vivienda hace 10 años y que paga 600 euros al mes de cuota. En total Ud. ha pagado 72,000 Euros. Si Ud. tenía la clausula suelo en el 3%. Si el tipo de interés que debería haberse aplicado, dejando un buen margen al banco para su beneficio era del 1%, resulta evidente que Ud. ha pagado un 2% de intereses abusivos. Un cálculo lógico nos haría pensar que Ud. pagó 72,000 Euros * 2% = 1440 Euros de intereses abusivos. Sin embargo, esto no es así. Con el método francés, en la primera cuota de este préstamos se pagan 420 Euros de intereses y 180 de capital. Y cada mes se reduce el total de los intereses, mientras aumenta el capital.
Resulta que el total de interés pagado a los bancos ( puede utilizar una calculadora on line como yo he hecho) es de 57.698 Euros y no de 1,440 euros tal y como nos dictaba el sentido común.
De forma que si Ud. ha estado pagando una clausula suelo, no calcule el dinero que le han quitado multiplicando el tipo de interés por la cantidad pagada, porque la banca le habrá llevado al error que pretendían. Si usted tenía una clausula suelo, el 76 % de las cantidades pagadas provenían de intereses abusivos, aunque usted no lo supiera.
Y este gran engaño, ahora se vuelve en contra de los bancos, cuya única esperanza, es que Ud. no se dé cuenta que le tienen que devolver el 76% del dinero que pagó. Más los intereses.
Por ello, animamos a todos los consumidores afectados por Cláusula Suelo a que demanden a su entidad para conseguir la recuperación de las cantidades de más, ahora más que nunca. Si tiene alguna duda sobre este tema, no dude en escribirnos un comentario. Lo contestaremos para que no quede ninguna cuestión en el aire.
Contacte con nosotros en el siguiente formulario, sin compromiso.
Hola tengo una hipoteca francesa Có. El barclays k resulta ya no está y tenía cuotas sin pagar y la Caixa se hizo cargo de esa hipoteca y me han pasado al juzgado sin tener tan siquiera una refinanciacion ni posibilidad de nada, solo dicen que lo venda k al ser segunda vivienda no pueden hacer nada y es la hipoteca francesa.
Estimada Loli,
si lo desea puede escribirnos a través de nuestro formulario y exponernos su caso particular para que nuestro equipo jurídico pueda ofrecerle distintas opciones ajustadas a su situación. Esta consulta será sin coste ni compromiso para usted. Reciba un cordial saludo.
Buen artículo, el tema de las cláusulas suelo sabéis como esta siendo encaminado?
Estimado Pablo,
en estos momentos estamos tramitando multitud de demandas sobre este asunto. El cliente reclama tanto la nulidad como la recuperación de las cantidades cobradas de más. Además, estamos a la espera de la sentencia de la Unión Europea que exigirá la retroactividad total y no desde mayo de 2013, como afirma la última sentencia del Tribunal Supremo respecto de este tema.
Un saludo.
Hola, he oído que cuando salga la sentencia del carácter retroactivo lo van a devolver de buena fe sin tener que denunciar o por lo menos a los que ya hayan denunciado para la nulidad de la cláusula, esto es así? También quisiera saber cuándo va a salir esta sentencia, unos dicen que para Abril otros para Marzo.
Gracias
Estimada Maribel,
aunque seguimos sin noticias de dicha sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, esta recuperación con carácter retroactivo será posible si el cliente inicia una acción judicial contra su entidad. De lo contrario, es probable que su banco no lo haga de buena fe, hasta que usted lo reclame por la vía que le indicamos. Le animamos a que nos consulte sus dudas a través del siguiente formulario, de forma gratuita y sin compromiso para usted para que, llegado el momento, nuestros abogados le asesoren en la recuperación de los intereses pagados de más.
BUENAS TARDES, ES UN ARTÍCULO MUY ILUSTRATIVO, QUISIERA HACERLE ALGUNAS PREGUNTAS AL RESPECTO,
¿ES NECESARIO UNA RECLAMACIÓN PREVIA AL BANCO ANTES DE INTERPONER UNA DEMANDA JUDICIAL?, EN CASO DE SER ASÍ ¿EN CUANTO TIEMPO COMO MÁXIMO DEBEN DAR RESPUESTA DESDE LA ENTIDAD BANCARIA?
¿PARA CUANDO SE TIENE PREVISTO QUE SE DICTARÁ LA SENTENCIA DEL TJUE? ¿LOS EFECTOS RECAERÍAN SOBRE PROCESOS EN LOS QUE YA EXISTA UNA SENTENCIA FIRME EN LA QUE SE HAYA APLICADO LA FICCIÓN EN CUANTO A LOS EFECTOS DEVOLUTIVOS CREADOS DESDE JURISPRUDENCIA DEL 9/5/13?
UN SALUDO
Estimado Fernando,
recomendamos realizar una reclamación al Departamento de Atención al Cliente para que quede constancia de que usted tuvo interés en modificar su situación, así como de que su entidad no puso de su parte para ello. De todas formas, la vía judicial es la única por la que podrá lograr recuperar lo pagado de más. Le animamos a que contacte con nuestro equipo jurídico a través de nuestro formulario sin ningún tipo de compromiso para conocer más datos sobre su situación: probabilidades de éxito, plazos, etc.
Reciba un cordial saludo.