La Audiencia Provincial de Asturias, en una sentencia fallada el pasado 9 de mayo y que ya es firme, dado que no ha sido recurrida por la entidad financiera,  falla en favor de la retroactividad de las cláusulas suelo y condena a Caja España a resarcir las cantidades al cliente.

Los magistrados de la Audiencia Provincial de Asturias afirman en esta sentencia que su decisión de resarcir el dinero pagado de más, no va en contra del Alto Tribunal. Consideran que el Supremo no se pronunció sobre la devolución de las cantidades, porque la acción colectiva presentada solo pedía que se «eliminasen las cláusulas suelo y no se usasen en el futuro» y no otra cosa. Argumentación que coincide con la de la Audiencia Provincial de Málaga, que recientemente también falló, en otra sentencia firme, a favor de la nulidad de la cláusula suelo y la retroactividad.

Esta decisión reflejada en esta sentencia es muy importante ya que puede implicar que el asunto de las cláusulas suelo sea considerado una «cuestión jurídica».

Los casos de jueces que consideran que los bancos deben devolver el dinero cobrado abusivamente con las cláusulas suelo se suceden a lo largo de España, no sólo ya en juzgados de primera instancia sino también en Audiencias Provinciales como Málaga, Asturias, Jaén. En todos los casos, los bancos han recurrido la sentencia esperando, como pensaba Caja España, que las Audiencias Provinciales les concedieran la razón. Pero, por lo visto, la situación se puede complicar más de lo que pensaban.

Se emite así un mensaje esperanzador para miles de familias afectadas en procesos contra sus bancos por este mismo motivo. Si su préstamo hipotecario está afectado por la cláusula suelo ¡no lo dude y demande! nuestro despacho de abogados le ofrece un completo servicio jurídico de garantías, para llevar a cabo su demanda y defender sus intereses como consumidor. Pocas veces una demanda cuenta con el aval de numerosas sentencias previas favorables y con un porcentaje de éxito tan alto como la demanda por nulidad de cláusula suelo.

Fuente: eldiario.es